Formulario de Denuncias

Si tienes conocimiento de posibles actos de corrupción o de negativas injustificadas para acceder a la información dentro de la SSUT «Seguro Social Universitario Tarija», te invitamos a presentar tu denuncia. Puedes descargar el Formulario de Denuncia y entregarlo en la Unidad de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción de nuestra Oficina, segundo piso. También tienes la opción de acudir a otras instancias competentes según la normativa vigente. Tu voz es importante para promover la transparencia y la integridad en nuestra institución.

Formulario de Denuncias

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Requisitos

Conforme el Art. 22 de la Ley Nº 974

I. Las denuncias verbales serán registradas en un Formulario de Denuncia elaborado por el Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional, en el que se registrará:

  1. Datos generales y dirección del denunciante.
  2. Datos generales de la persona o personas que presuntamente realizaron o participaron en la comisión del acto de corrupción denunciado.
  3. Relación de los hechos del posible acto de corrupción denunciado.
  4. De ser posible, señalar el periodo de tiempo en el que se produjo presuntamente el acto de corrupción denunciado.

II. Las denuncias escritas deberán contener los mismos datos descritos en el Parágrafo precedente.

III. El incumplimiento de alguno de los requisitos señalados en el presente Artículo, dará lugar a la no admisión de la denuncia, sin perjuicio de la posibilidad de presentar una nueva denuncia cumpliendo con los requisitos omitidos.

IV. En caso de denuncias anónimas, las Unidades de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción gestionarán las denuncias si cumplen como mínimo los requisitos establecidos en los numerales 3 y 4 del Parágrafo I del presente Artículo.

Admisión o rechazo

Conforme el Art. 23 de la Ley Nº 974

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I. Recibida la denuncia, la Unidad de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción en el plazo máximo de cinco (5) días, deberá admitir o rechazar la denuncia.

II. Si la denuncia fuere rechazada, por incumplimiento de los requisitos de admisión, la Unidad de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, deberá especificar de manera fundamentada la causal del rechazo de la denuncia.

III. Admitida la denuncia, la Unidad de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción requerirá a las instancias internas y externas respectivas, la información y documentación que considere necesaria sobre los hechos denunciados.

IV. La Unidad de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, podrá rechazar la denuncia por no estar dentro de sus atribuciones y competencias, conforme a la presente Ley.

V. En todos los casos, la Unidad de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, informará al denunciante sobre la admisión o rechazo de la denuncia.